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Qué hacer cuando no se puede pagar la hipoteca

Ante un revés de carácter laboral, puede ocurrir a cualquier persona encontrarse de la noche a la mañana sin poder hacer frente a sus deudas. Y, como puede imaginarse, el principal préstamo al que la mayoría hace frente es el del pago de la hipoteca. En esta situación es normal escuchar cosas como "¡Dejo de pagar y que se quede la casa el banco!".

Sin embargo este comentario tan típico no suele ser la solución al problema. Lo primero es intentar que nunca se deje de pagar la letra, porque en otro caso la deuda se incrementa debido a los intereses de morosidad, pudiendo llegar a no ser suficiente que el banco se quede con el inmueble para hacer frente al pago del préstamo. Lo normal es que ante un impago la asesoría jurídica de la entidad financiera espere un plazo de entre tres y seis cuotas y, si no hay respuesta, abrirá un procedimiento de ejecución hipotecaria. Es decir, envía al juzgado una demanda para que se rompa el contrato de préstamo. A través del juzgado, no se reclaman las cuotas pendientes de pago, si no el pago de todo lo pendiente a un tipo de interés que puede llegar a rondar entre el 20% y el 25% (según lo firmado).

El procedimiento de ejecución hipotecaria es más rápido que el de embargo de bienes ya que no hay que recurrir a un perito para que tase el valor de los inmuebles. La entidad se "conforma" con el importe reflejado en las escrituras de la la hipoteca. Finalmente, el juzgado comunica al moroso que ha admitido a trámite la demanda de ejecución de hipoteca.

Al recibir la notificación, el dueño de la vivienda podría intentar oponerse, aunque en este caso los únicos argumentos válidos serían el haber pagado ya o estar en desacuerdo con la cantidad solicitada por el banco.

Si el deudor puede pagar todo el dinero que debe (capital restante, intereses por las demoras y las costas del juicio), el proceso termina de forma inmediata. Pero como lo normal es que esto no sea posible, el proceso terminará con la subasta de la vivienda. La fecha de subasta se deberá notificar con 20 días de antelación al dueño de la misma, pudiendo en este plazo también saldar las deudas que tuviera con la entidad.

En total, según los expertos, el proceso desde que se inicia hasta que se pone el inmueble en subasta está alrededor de los ocho meses.

Pero hay un último caso que analizar. Puede ser que el dinero conseguido en la subasta no cubra todo el importe adeudado. En este caso, las entidades pueden llegar a embargar la nómina de los propietarios.

Como se vé, el proceso de embargo es un proceso largo y difícil, por eso la recomendación siempre es la de vender antes de impagar. Para una entidad, el crédito impagado es una operación fallida, y suele intentar negociar las condiciones de la hipoteca antes de comenzar los trámites de ejecución de embargo.

 

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