Préstamos
Un préstamo, en el sentido monetario, es cualquier operación en la que una parte cede, durante un periodo de tiempo determinado, a otra parte. Como compensación, la segunda parte devuelve el importe prestado más cierta cantidad adicional en concepto de interés.
La devolución puede realizarse bien de forma de cuotas periódicas, o bien en uno o varios plazos parciales / totales. En cualquier opción, siempre al final del periodo establecido se habrá devuelto el total del importe solicitado, así como los intereses acordados al inicio del préstamo.
A continuación, la lista de los distintos tipos de préstamos e información relativa a su solicitud, tramitacion, etc.:
- Hipotecas
- Préstamo Hipotecario
- Refinanciación de Hipotecas
- Subrogación de Hipoteca
- Novación de Hipotecas
- Reunificación de créditos
- ¿Subrogación, novación o refinanciación?
- Tipos de Interés
- Cómo saber si te concederán la hipoteca
- Guía para solicitar un crédito hipotecario
- Documentación necesaria
- Gastos de tramitación de una hipoteca
- Gastos de tramitación de una refinanciación
- Índices de referencia hipotecarios
- Amortización de préstamos por el método francés
- Tipos de hipotecas
- Qué hacer cuando no se puede pagar la hipoteca
- Cúando y cómo realizar la amortización parcial
- ¿Tipo de interés fijo o variable?
- Qué es el avalista de una hipoteca
- Declararse insolvente
- Comisiones de una hipoteca
- Préstamos Personales
- Tarjeta de Crédito
- Capital Privado

Comentarios
- La Hipoteca Inversa no es una Compra
Agregar ComentarioJosep Jorge - March 12, 2010, 10:06 am
Apreciados,
como gerente de Jubilarse en Casa SL, empresa especializada en Asesoramiento Independiente en Hipoteca Inversa para personas mayores y familiares, quisiera aportar una serie de puntualizaciones al artículo.
1) La Entidad no adquiere la vivienda; constituye una carga real (hipoteca) como garantía de recobro de la deuda generada desde la formalziación del crédito. En el Artículo creo que se confunden al mezclar conceptos de Hipoteca Inversa y otros del producto llamado Renta Vitalicia Inmobiliaria.
2) Los herederos, al fallecimiento de los titulares de la vivienda, son los nuevos propietarios tras aceptar la herencia. Los herederos disponen de hasta 12 meses (según condiciones del crédito) para poder cancelar la carga hipotecaria. Si no la cancelan, la Entidad ejecuta la garantía y recupera la deuda mediante la subasta de la propiedad.
3) La Hipoteca Inversa puede contratarse incluso aunque la vivienda no esté libre de cargas (puede existir una hipoteca pendiente de pago, pero usualmente no debe ser superior al 20% del valor de tasación actual de la vivienda).
4) La edad de contratación es a partir de los 65 años. Como cada persona y situación es distinta, la Hipoteca Inversa la contratan propietarios de vivienda con cualquier edad a partir de esta indicada para satisfacer múltiples y distintas necesidades: complemento de pensión, financiar una asistencia socio-sanitaria, ganar tiempo para vender mejor una vivienda, ayudar económicamente a familiares,...
Atentamente
Josep Jorge
Director General
JUBILARSE EN CASA SL
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